Ventajas
de Constituir una Sociedad Anónima en Panamá
La Ley de Sociedades Anónimas en Panamá, presenta características
muy especiales, tendientes a facilitar su constitución tanto para nacionales
como para extranjeros. Entre éstas aparecen como principales las siguientes:
El sistema tributario en la República de Panamá se basa en el
principio de la territorialidad de la fuente del ingreso.
Por lo tanto las ganancias, ingresos, dividendos de una sociedad anónima
resultantes de actividades provenientes fuera de Panamá (Offshore) no
están sujetos a impuestos por la ley panameña.
Dos o más personas mayores de edad, de cualquier nacionalidad, aún
cuando no estén domiciliadas en la República de Panamá,
podrán constituir una Sociedad Anónima para cualquier objeto
lícito de acuerdo con las formalidades prescritas en dicha Ley.
No es necesario que el Capital Social esté suscrito ni desembolsado
en ninguna de sus partes.
No es necesario que las partes interesadas en la constitución de dicha
sociedad estén presentes en Panamá. Basta que dos personas, en
este caso, generalmente miembros de una Firma de Abogados, suscriban el Pacto
Social.